By Matthew Young
Muchas personas no conocen una solicitud de inmigración conocida como Formulario I-751. Este formulario se requiere para una cierta categoría de residentes permanentes conocidos, un tanto paradójicamente, como “residentes permanentes condicionales.”
La tarjeta verde condicional se otorga a las personas que han recibido su estatus de residente permanente sobre la base de un matrimonio que tiene menos de dos años. La tarjeta tiene una validez de dos años. El propósito del Formulario I-751 es confirmar aún más que el matrimonio es legítimo, se necesita para eliminar las condiciones de su estatus y recibir una tarjeta verde normal de residencia, que es válida por diez años.
No es un requisito absoluto que el inmigrante permanezca casado con su cónyuge para poder presentar el Formulario I-751; existe una disposición para los solicitantes que se han divorciado de sus cónyuges desde que se convirtieron en residentes permanentes, así como una disposición para los cónyuges que han sido víctimas de abuso doméstico.
También existe una disposición para los solicitantes cuyo cónyuge haya fallecido. Sin embargo, en todos los casos se debe proporcionar evidencia de que el matrimonio se celebró de buena fe.
Es muy importante que el Formulario I-751 se distinga del Formulario I-90. El formulario I-90 es el formulario utilizado por los residentes permanentes no condicionales para renovar sus tarjetas de residencia cada diez años. Una tarjeta de residencia condicional no se puede renovar con el Formulario I-90 y dicha solicitud será denegada.
El Formulario I-751 solo se puede presentar durante un período de tiempo específico: el período de 90 días antes del vencimiento de la tarjeta verde condicional. Las solicitudes presentadas más de 90 días antes del vencimiento serán rechazadas y devueltas al solicitante. Es probable que se denieguen las solicitudes presentadas después de que haya vencido la tarjeta de residencia condicional, a menos que el solicitante pueda demostrar que la falta de presentación durante el período de 90 días se debió a circunstancias extraordinarias fuera de su control.
Para obtener información sobre los servicios legales relacionados con la inmigración, no dude en llamar al Centro de Apoyo al Migrante de Caridades Católicas de Jackson al 601-948-2635.
(Matthew F. Young, Abogado. del Centro de Apoyo al Migrante de Caridades Católicas de Jackson )